
El Ministerio de Trabajo expidió un nuevo acto administrativo tras la suspensión provisional del Consejo de Estado y defendió que no existen razones jurídicas ni económicas para reducir el incremento.
El Gobierno nacional expidió un decreto transitorio que mantiene el incremento del 23,7 % al salario mínimo, luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente el acto original firmado en diciembre. Con la nueva disposición, el salario básico aumenta 23 % y, sumado el auxilio de transporte, la remuneración mensual se mantiene en dos millones de pesos.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la medida es de carácter provisional y responde al cumplimiento del auto del magistrado Juan Camilo Morales, sin que exista aún una decisión de fondo sobre la legalidad del aumento decretado a finales de 2025. Según el funcionario, la medida cautelar no anuló el incremento, sino que ordenó expedir un nuevo acto mientras se resuelve la controversia.
Sanguino sostuvo que no había fundamentos jurídicos ni económicos para modificar la cifra y defendió que el salario mínimo no puede definirse únicamente como una operación matemática basada en inflación, productividad y crecimiento del PIB, criterios establecidos en la Ley 278 de 1996. A su juicio, estos parámetros deben armonizarse con el mandato constitucional del artículo 53, que consagra el principio de un salario mínimo vital y móvil.
El Ministerio de Trabajo reforzó la argumentación técnica del nuevo decreto con cuadros estadísticos y referencias a estudios de la Organización Internacional del Trabajo y de entidades financieras internacionales. Según la cartera, el análisis histórico evidenciaría una brecha entre la productividad laboral y la evolución del salario mínimo desde 1996, lo que justificaría un ajuste superior al resultado arrojado por la fórmula legal.
Uno de los puntos centrales del debate es que la sumatoria estricta de los parámetros de la Ley 278 daría un incremento cercano al 13,6 %, mientras que la decisión política elevó el ajuste hasta 23,7 %. El ministro reconoció esa diferencia, pero insistió en que los criterios legales resultan restrictivos frente a la obligación constitucional de garantizar un ingreso que cubra el costo de vida de un hogar promedio.
Mientras se tramita el recurso de súplica presentado por el Ejecutivo contra la medida cautelar, el decreto transitorio seguirá vigente. En paralelo, el presidente Gustavo Petro respaldó públicamente la decisión y defendió el concepto de salario vital, en un contexto de debate jurídico y político sobre el alcance de la competencia del Gobierno para fijar el incremento anual.
Por: Daniel Martín
Foto: Presidencia de la República
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