Limitan las horas de diversión nocturna en Cali
16 de Marzo de 2024
Han aplicado el Decreto 0134 para ajustar el horario de apertura de los locales nocturnos en la ciudad, como parte de las medidas para mejorar la seguridad y el control del espacio público en beneficio de los residentes de Cali.
Este decreto, en efecto desde el 13 de marzo de 2024, tiene como propósito regular la hora de cierre de discotecas, bares, estancos y otros lugares de entretenimiento, con el fin de fomentar un ambiente más seguro y organizado para los habitantes.
Los establecimientos que vendan y consuman bebidas alcohólicas, con actividad económica clasificada bajo el código CIIU 5630, podrán operar desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 a.m., siempre y cuando cuenten con infraestructura para el servicio en mesa sin invadir el espacio público.
Además, deben implementar medidas de insonorización para cumplir con los límites de ruido permitidos y adoptar soluciones para prevenir y mitigar la contaminación generada por residuos sólidos tanto dentro como fuera del establecimiento.
Por otro lado, los locales que vendan licor pero no permitan su consumo en el lugar, clasificados bajo los códigos CIIU 4724 y 4711, así como aquellos que no estén habilitados para actividades de bebidas alcohólicas según el código CIIU 5630, podrán operar de 10:00 a.m. a 1:00 a.m.
Es importante mencionar que los supermercados, tiendas y otros establecimientos que operen las 24 horas podrán vender bebidas alcohólicas hasta la 1:00 a.m.
Javier Garcés, subsecretario de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) de Cali, expresó que este decreto busca mejorar la convivencia y asegurar la seguridad, el medio ambiente y la salud pública.
Escrito por: Daniel Martín
⇒Foto: Pexels