La alcaldía de Pasto informa fechas del pago del programa Colombia Mayor

2 de Junio de 2023

Comienza el pago del ciclo 4 correspondiente al mes de abril del programa Adulto mayor en la ciudad de Pasto

Radio Viva Fenix En atención a las directrices impartidas por el Departamento de Prosperidad Social, la Alcaldía de Pasto, a través de la Secretaría de Bienestar Social, informa a la comunidad en general que el programa Colombia Mayor realizará la entrega del subsidio económico del ciclo 4 correspondiente a la nómina de abril 2023 en las siguientes fechas: del 30 de mayo al 13 de junio de 2023.
• Para la zona urbana se disponen más de 120 puntos de servicio y se les sugiere a los beneficiarios acercarse a cualquier punto de pago SuperGiros, seleccionando el más cercano a su domicilio.
• Para la zona rural la entrega del incentivo monetario en los sectores de Santa Bárbara y El Socorro se realizará por parte de SuperGiros. El resto de los corregimientos disponen de corresponsales y puntos de pago en su territorio.
Además, a los beneficiarios se les solicita tener en cuenta el siguiente cronograma:
• El martes 6 de junio de 2023 se realizará en el corregimiento El Socorro la entrega del subsidio económico en el salón comunal entre las 8:00 a.m. y 10:00 a.m.
• El mismo día se hará la entrega a los beneficiarios del corregimiento de Santa Bárbara en el salón comunal entre las 10:30 a.m. y 2:00 p.m. Radio Viva Fenix Pago con contraseña
En el caso de perder la cédula original, el beneficiario debe tramitar la expedición de contraseña ante la Registraduría Municipal. Cabe aclarar que el pago con contraseña está autorizado temporalmente y por ello es necesario acceder a ella oportunamente y dirigirse hasta las instalaciones del Centro Vida de la Secretaría de Bienestar Social (Antiguo Inurbe) para entregar copia de la contraseña y tramitar la solicitud de pago con el soporte del documento en trámite.
Pago a través de poder notarial
Los pagos de subsidios a través de terceros son de carácter transitorio no permanente, es decir para casos excepcionales que por un motivo de fuerza mayor no pueda cobrar (enfermedad, viaje temporal u otros); para ello, el autorizado deberá presentar la cédula original junto con la cédula del beneficiario ante la notaría y solicitar el pago a través de poder, diligenciado cada 4 mes la solicitud escrita que debe contener los datos básicos tales como: • A quién se autoriza. • Quién autoriza. • Para qué se autoriza.
Para mayor información se han habilitado las siguientes líneas de atención: Teléfono: 602 7244326 Ext. 1806 – 1802 – 1805.
 

Escrito por: Oscar Insandará Vallejos

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